martes, 2 de abril de 2013

Acuerdo Institucional de Convivencia.

A la Comunidad Educativa
Cada alumno es una persona irrepetible con una vocación y un destino trascendentes y una conciencia rectora de su destino, con una libertad  que se oriente a elecciones responsables, con una corporeidad que se acepte y se integre , con una capacidad social que se  encamine a la participación razón por la cual la Institución tiene como misión educar  en el marco de una visión axiológica[1] a fin de que los jóvenes sean  ciudadanos comprometidos en la transformación de la realidad que les toque vivir.
La redacción de este A.I.C. sostiene en primer lugar la finalidad educativa, referente principal de las reglas  internas de esta Institución. Es objetivo de la misma  es educar para el crecimiento personal y la participación responsable de los alumnos, favoreciendo el ejercicio de la libertad, el compromiso, el diálogo y la valoración de las diferencias
La convivencia  se basa en el respeto al otro[2], la tolerancia, la escucha, la  comprensión de los derechos y responsabilidades propias y de los demás. Por ello, actitudes que tiendan a transgredir  los presentes acuerdos así como el clima de trabajo serán abordados y  tratados a través de los mecanismos que aquí se han consensuado. Estos acuerdos consisten  en aunar  voluntades de los distintos actores de la comunidad educativa para establecer los modos de   convivencia escolar, la cual tiene el objetivo de facilitar los  aprendizajes atendiendo a la prevención del fracaso escolar,  a la continuidad pedagógica  y sin perder de vista  todas las otras funciones sociales de la escuela.
La renovación de la normativa  de la Política Educativa Provincial es una oportunidad de resignificación y renovación del pacto fundante de la escuela[3].  En este proceso de cambio así como tratamos de fortalecer los roles que corresponden a los jóvenes adolescentes, también puntualizamos el lugar de los adultos dejando claramente establecidas la asimetría[4] y las diferencias en las responsabilidades para concretar una convivencia democrática en una escuela que es un “espacio público”  con una finalidad pedagógica  en la que las relaciones vinculares se dan entre “sujetos de derecho” (Resol 1709/09)
Las reglas, que son necesarias y no arbitrarias,  ponen el centro en el derecho y en la obligación colectiva,  “te obliga a ti tanto como a mí”;   se redactan en el marco del cuidado de sí y de los demás. Son válidas si ayudan a enseñar y a aprender con calidad y si promueven la formación de una conciencia democrática y deben ser respetadas por todos
El objetivo de los recursos a aplicarse en casos de transgresiones a los acuerdos  es recuperar la importancia que, una vez consensuado, los adultos referentes de los jóvenes puedan sostener la validez del acuerdo[5] propiciando el cambio de conducta.
Este trabajo, está enmarcado por la responsabilidad, el compromiso social y el sentido de pertenencia que se tiene con la institución; es una invitación a la reflexión sobre el modo en que influyen en la vida institucional las percepciones de los actores, las formas de generar confianza entre las partes y legitimar así la búsqueda de un modo propio de ejercer la profesionalidad en nuestra institución. Implica un compromiso con el oficio de educar y con el desafío de enseñar e investigar para mejorar.

                                                                                 La Dirección

Marco Legal
  • Constitución Nacional
  • Constitución de la Provincia de Buenos Aires
  • Ley Nacional  nº 26.061 Protección integral de los derechos del niño
  • Ley Federal de Educación nº 24.195
  • Nueva Ley de Educación Provincial  nº 13.688
  • Declaración Universal de los Derechos Humanos (ONU)
  • Reglamento General de Instituciones Educativas (Decreto 2299/11)
  • Nuevo Régimen Académico Resolución 587/11 y sus anexos y ampliatorias
  • Resolución 1709/09
Reseña Institucional
Realidad institucional:
 Escuela pública urbana y céntrica, unificada en 2011 con matrícula proveniente de la ex ESB nº 7 (turno mañana) y la EEM nº 5 (ex Polimodal)
La escuela tiene 23 secciones: 7 secciones para el ciclo básico   con una matrícula de 249 alumn@s y 16 secciones para el ciclo superior con una matrícula de 423 alumn@s . Cuenta con orientaciones en Ciencias Naturales, Ciencias Sociales y Economía y Administración.
Historia Institucional:
El Colegio Nacional “Almirante Brown” se fundó el 5 de Agosto d 1929 debido a la necesidad que tenían los estudiantes de aquel lejano Pergamino de cursar el secundario en otras localidades.
Surge la idea de la fundación en el discurso pronunciado en su campaña política por el futuro Intendente por la U.C.R. Dr. Eugenio L. Valentín el día 20 de Noviembre de 1925.
Electo Intendente, el Dr. Valentín, se dirigió por nota al entonces Diputado Nacional Dr. Juan O´Farrel a fin de solicitarle la presentación de un Proyecto de Ley destinado a la creación de un Colegio Nacional en Pergamino.
Paralelamente a dicha solicitud, propició la formación de una comisión pro-Colegio Nacional, surgida ésta de un movimiento vecinal, como apoyo al proyecto. La visión entendía que la fundación de un Colegio Nacional debía tener el compromiso de toda la vecindad. Por la importancia para sus hijos, que de tal acto resultaría, a nadie le podría resultar indiferente éste proyecto.
La contestación de O´Farrel fue afirmativa y el 21 de Julio de 1926 el Congreso sancionó la modificación en el Presupuesto Nacional, en el anexo E inciso 99 ítem 359, disponiendo que se asigne $90.000 para la creación del Colegio Nacional en Pergamino, ciudad entonces de 70.000 habitantes siendo una de las más importantes del norte de la provincia de Buenos Aires. La Comisión pro-Colegio Nacional fue conformada a pedido del Gobernador Sr. Luis Meza y la integraban personalidades de la época – Intendente de Pergamino Dr. Eugenio L. Valentín (Autoridad Máxima), Presidente Honorario Diputado Juan O´Farrel, Dr. Joaquín Vergara Campos, Dr. Ángel Godoy, Dr. Santiago Cerruti, Miguel Dávila, Vicente Biscayart, entre otros. Dicha Comisión eleva un petitorio al Sr. Presidente de la Nación Dr. Masrcelo Torcuato de Alvear ya que si bien el Congreso se había expedido, por problemas burocráticos el Poder Ejecutivo Nacional no lo había hecho hasta ese momento.
El 23 de Julio de 1929, el Excelentísimo Sr. Presidente de la Nación Dr. Hipólito Irigoyen dispone por Ley de Presupuesto en el anexo E Inciso 9 Ítem 40:
Art 1: Créase el Colegio Nacional en la ciudad de Pergamino;
Art 2: Nómbrese como Rector al Dr Eugenio Valentín y como Secretario-Tesorero a Eduardo Morasso.
Art. 3: Comuníquese, publíquese en el Registro Nacional y archívese.
El Decreto anterior se publicó en el Boletín Oficial nº 10.613 el 16 de Septiembre de4 1929.
Por entonces funcionaba en Pergamino un Instituto Privado de Enseñanza Primaria llamado “Almirante Brown”, fundado el 23 de julio de 1929, cuyos profesores poseían elevada preparación intelectual. Por ejemplo el Dr. Raúl Ávalos, el Dr. Eugenio Valentín, el Dr. Teodoro Armondarain, el Presbítero Idelfonso Armondarain, la Srta. Hilda Bengoechea, la Sra. Catalina C. de Dowling, la Srta. María Gamón Fox entre otros. La Dirección estaba a cargo del Sr. José Oliva Vilar. En enero de 1930 el Colegio Nacional  comienza a funcionar en forma autónoma la calle Florida al 400.
El 9 de mayo de 1942 se coloca la piedra fundamental del futuro edificio en la manzana comprendida entre las calles Libertad (hoy Estrada), Castelli, Rivadavia y 3 de Febrero. Parte del terreno en fue donado por  la Municipalidad; una fracción la donó el propietario, Sr. Pablo Torre,  y el resto del terreno fue adquirido con dinero de los contribuyentes.
Finalmente, el 15 de marzo de 1944, el Ministro de Obras Públicas inaugura el actual edificio, con la presencia del Ministro de Justicia e Instrucción Pública Dr. Abelardo Córdoba.
El 12 de mayo de 1957, con el objeto de honrar la memoria del Almirante Guillermo Brown, el Presidente Interino, Pedro Eugenio Aramburu le impone su nombre al Colegio Nacional. Sin embargo, notas periodísticas de la época señalan que el nombre fue impuesto para honrar al antiguo Instituto, que no sólo lo cobijó en sus inicios, sino que fue el semillero de los alumnos y profesores fundadores del actual Colegio.
Con la Reforma Educativa del año 1994 la escuela se transforma en un “Polimodal” como EEM n° 5 articulando los primeros años de EGB con varias instituciones locales.
Con la reforma del año 2007 y sancionada las últimas Leyes de Educación Nacional y Provincial a partir del año 2004 se crea la Secundaria Básica N° 7 con turno alternado dentro de las instalaciones del Colegio.
En el año 2011 por resolución n° 608/09, se unifica la EEM n° 5 con la matricula proveniente de la ESB n° 7 del turno mañana, formándose la Escuela de Educación Secundaria N°5 “Alte. Guillermo Brown”
Antecedentes del Acuerdo
Se toma como punto de partida los AIC de la ESB n°7 y los de la EEM n° 5. De ambos acuerdos no constan números de registro.
Del proceso de consulta
Ø  Consultas al AIC de la ESB n° 7 y al de la EEM n° 5
Ø  Consultas para su rectificación/ratificación al cuerpo de profesores. Aportes por escrito y vía mail.
Ø  Se redacta y se consulta al Centro de Estudiantes quien  extendió el proceso de consulta  al Cuerpo de Delegados Estudiantiles para su rectificación/ratificación quienes lo aprueban sin modificaciones.

Fundamentos del Acuerdo
El Proyecto  Institucional  conlleva  la definición de  los  acuerdos de  convivencia propios de  la  institución  con  la participación  activa de  todos  los miembros de  la  comunidad educativa. [6]
Concebir al otro como semejante, es decir, diferente de nosotros pero con idénticos derechos implica aceptar que todos formamos parte de un conjunto social, de una comunidad en la cual las reglas o normas son pactos sociales de convivencia que regulan la relación entre las personas. Estos pactos delimitan las fronteras entre lo que sí se puede hacer y lo que no, y al hacerlo sostienen la posibilidad del lazo social
La opción ética por valores democráticos incide en la elección de objetivos, métodos y procedimientos para trabajar la convivencia en el seno de la institución y al elegirla nos compromete a todos a gestionarla participativamente.
La libertad responsable surge cuando descubro al otro como sujeto de derechos, que tiene una dignidad inviolable que yo debo respetar. Favorece el logro de una convivencia armónica y como consecuencia el desarrollo de la tarea y la consecución de los fines propios de la institución. Las acciones que se lleven a cabo con este propósito deben ser consideradas y configuradas como actos educativos.
Todos los miembros de la institución son sujetos de derechos y obligaciones en relación con la convivencia, según sus respectivos roles. “En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, toda persona estará sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás y de satisfacer las justas exigencias de la moral, el orden público y el bienestar general de una sociedad democrática”[7] .
Surge entonces la necesidad de tener en la Institución criterios y pautas de trabajo consensuadas sobre  convivencia armónica, tolerancia, solidaridad y protección integral de toda persona (estudiantes, docentes, padres y de todo actor social involucrado en el proceso educativo). Orientar nuestras acciones en este sentido nos permitirá abordar integralmente las distintas formas de convivencia que cotidianamente se manifiestan y favorecerá nuestra formación como personas y como grupo social.
En el marco de una educación democrática  valorar:
Ø   El respeto por la vida y la integridad física y moral de las personas, entendiendo entre otros aspectos, la paz y armonía, el diálogo como instrumento en la resolución de conflictos.
Ø   El respeto y aceptación de las diferencias
Ø   El respeto por la justicia, la verdad y la honradez, los bienes personales, ajenos y de la institución
Ø   La solidaridad, la cooperación, la responsabilidad ciudadana, el respeto de los símbolos patrios y el compromiso social.




Fin educativo  del Acuerdo:
Generar un marco institucional que permita el desarrollo de las actividades en un entorno democrático, instalando la noción de acuerdo y compromiso, a través de la participación responsable, el consenso, el diálogo y el compromiso como base de la convivencia.

Objetivos del Acuerdo
General:
Es objetivo de la escuela promover aprendizajes de calidad en todos los alumnos y ayudarlos en la construcción de una firme conciencia democrática y solidaria.  Para ello, es indispensable garantizar al alumno su derecho de aprender, así como, respecto al docente, su derecho a enseñar en un ámbito de convivencia armónica.
Específicos:
  • Propiciar la participación democrática de la comunidad educativa, según la competencia y responsabilidad de cada uno, en la elaboración, construcción y respeto de las normas que rijan la convivencia institucional
  • Facilitar la búsqueda de consensos a través del diálogo para el reconocimiento, abordaje y solución de conflictos, reconociendo a estos como parte constitutiva del entramado social.
  • Posibilitar la formación de los alumnos en las prácticas de la ciudadanía democrática, mediante la participación responsable en la construcción de una convivencia armónica en el establecimiento educativo.
  • Proveer de mecanismos  para la resolución de conflictos de modo constructivo[8]

El Cuerpo Normativo
Se valorizarán entre los miembros de la comunidad educativa:
Ø  Los gestos de cortesía en el trato diario, evitando las faltas de respeto y las agresiones físicas, psíquicas y verbales.
Ø  Actitudes promotoras de respeto, entre aquellos alumnos que representen a la escuela en competencias deportivas, congresos, encuentros, salidas grupales, ferias y otros eventos de carácter educativo, reconociendo en legajos y ante la comunidad estos valores, estableciendo parámetros en la elección de los representantes.
Ø  La utilización cuidadosa del equipamiento y materiales de los que la institución dispone para el uso común (mobiliario, libros, videos,  equipos informáticos, de TV y video, de sonido, deportivos, etc.), quedando siempre bajo la responsabilidad de un miembro del personal de la institución o responsable de la comunidad educativa.
Ø  La contribución al mantenimiento de la integridad de la infraestructura, la higiene y el orden dentro del edificio, tanto en el interior como en el exterior del mismo.
Ø  El respeto por los lugares de trabajo de los distintos actores educativos
Ø  El cumplimiento de las normas acordadas para el uso de los distintos espacios, como sala de computación, biblioteca, comedor, etc.
Ø  La concurrencia a la escuela  con indumentaria en condiciones de higiene : guardapolvo blanco  o equipo de jogging con remera blanca y larga para las jóvenes y pantalón largo (de cualquier tipo)  camisa o remera manga corta/larga.  Los alumnos deben atender a su aseo personal. Las alumnas podrán usar polleras siempre y cuando no sean mas corta que su guardapolvo, no permitiéndose el uso  de minifaldas. En época del año que lo amerite, los alumnos y alumnas podrán usar pescadores, no permitiéndose el uso de bermudas, musculosas y ojotas. Esta prohibido ingresar al establecimiento y a clases de educación física con pearcing (por razones de seguridad).
Ø  Asistir a la institución con el cuaderno de comunicados como elemento indispensable de vínculo entre la institución y la familia.
Ø  Evitar el ingreso a la escuela  acompañado de animales domésticos.(razones de seguridad e higiene)
Ø  Evitar en ingreso a la escuela  portando armas o elementos contundentes que puedan generar riesgos para cualquier miembro de la comunidad.
Ø  Prescindir de fumar en el interior del establecimiento, ingresar y/o consumir bebidas alcohólicas y/o sustancias tóxicas.
Ø  El uso del cuaderno de comunicados como vínculo indispensable entre la institución y la familia.
Ø  Respetar las  pertenencias ajenas.
Ø  Circular por la escuela evitando corres por los espacios abiertos y cerrados.
Ø  Guardar los medios de locomoción (motos y bicicletas)  en los espacios destinados a tal fin muñidos de elementos de seguridad.
Compromisos
De los Alumnos
Ø  Hacerse partícipes de los objetivos de la institución, asumiendo las responsabilidades que por su rol les corresponden.
Ø  Respetar las normas que este Acuerdo de Convivencia establece.
Ø  Sostener, en toda situación de comunicación con cualquier miembro de la comunidad educativa, las condiciones de consideración y respeto que este acuerdo propician
Ø  Contribuir al cumplimiento y reflexión sobre estos acuerdos, así como a la revisión que periódicamente se hagan de ellos.

Del Personal
Ø  Cumplir con todas las responsabilidades que derivan de la normativa vigente y las  que surgen del Proyecto Educativo; así como las que devienen de este acuerdo
Ø  Sostener, en toda situación de comunicación con cualquier miembro de la comunidad educativa las condiciones de consideración y respeto.
Ø  El personal de la institución es responsable de construir y sostener estos acuerdos básicos de convivencia.
De los padres/ tutores
Ø  Cumplir con  aquellas responsabilidades civiles que devienen de su condición de padres, tutores y/o encargados de los menores de edad que asisten a esta escuela en calidad de alumnos.
Ø  Sostener, en toda situación de comunicación con cualquier miembro de la comunidad educativa, las condiciones de consideración y respeto que este Acuerdo propicia.
Ø  Acompañar, en lo particular, la tarea educativa de la Institución  con respecto a sus hijos, acudiendo a las convocatorias, colaborando en el establecimiento de acuerdos, y cumpliendo los compromisos que en ellos se establezcan.
Ø  Notificarse de los comunicados escolares que figuran en el cuaderno respectivo

Las Sanciones
La sanción lleva implícito  un procedimiento destinado a señalar que una persona ha cometido una falta, transgrediendo  con sus acciones y/u omisiones una regla  establecida por el Acuerdo Escolar de Convivencia. Deberá  tener esencialmente una finalidad educativa y guardar relación con la gravedad de la falta cometida. Esto requiere de instancias de reflexión conjunta para lograr la modificación de la conducta a partir de la toma de conciencia.
        Las sanciones o medidas a aplicar a los alumnos son:
Ø  Llamado de atención oral.
Ø  Acta
Ø  Llamado de Atención en el Cuaderno de Comunicados. Notificación del acta realizada a alumno.
Ante 3  llamados de atención acta de compromiso  (propuesta de cambio de actitud) con citación a los padres o tutores.
De no resolverse y/o reincidir en las medidas anteriores, se  convocará al CIC quien asesorará en la implementación de  las siguientes medidas de acuerdo al grado de gravedad y/o situación:
Ø  Desarrollo de experiencias y actividades formativas comunitarias, realización de acciones reparatorias en beneficio de la Comunidad Escolar.
Ø  Amonestaciones (que mostrará la reincidencia)
Ø  Suspensión con actividades pedagógicas
 Agotados todos los recursos se tratará el caso  con la intervención de Inspección del Nivel.
El listado precedente no implica un recorrido que lo agote, ni un orden preestablecido. Cuando la gravedad de la falta así lo amerite, por considerar que atenta gravemente contra la integridad de los miembros de la comunidad educativa o sus bienes, los directivos están facultados para aplicar la sanción que consideren acorde con la dimensión de la trasgresión  solicitando  el asesoramiento del Consejo de Convivencia para evaluar el caso y determinar la sanción que corresponde aplicar.
En todos los casos los adultos responsables  serán notificados, haciéndose corresponsables  de la educación del menor  y asumiendo un rol primordial frente a la posibilidad que al estudiante se le presenta de corregir las conductas que no tuvo frente a los acuerdos no cumplidos.

Se acuerda en considerar:
Faltas leves: Se considerarán faltas leves aquellas transgresiones que provienen de actitudes de los alumnos propias de la edad cronológica en el contexto educativo y que pese a no revestir gran importancia afectan la convivencia escolar. Son acciones que propenden a incurrir en faltas graves  o muy graves, o constituyan un conato de las mismas. Su sanción no interfiere con el normal desempeño de las actividades escolares pero amonesta al/los alumno/s con un apercibimiento verbal que lo previene de faltas mayores.
Faltas graves: Son aquellas  que ponen en riesgo la integridad física y/o moral de cualquier integrante de la comunidad, como así el deterioro de bienes
Faltas muy graves: son aquellas en que la intencionalidad, el atentado a la legalidad y al interés común queda manifiesta. También serán consideradas aquellas faltas leves o graves muñidas de reiteración o reincidencia.

     Faltas leves:
Ø  Llegada tarde al aula.
Ø   No respetar el mobiliario dentro del aula. Acostarse en los bancos, sentarse en la ventana, mesa de trabajo o escritorio.
Ø  Circular por pasillos y patios  en hora de clase.
Ø  Empujar, gritar, correr en el aula,  patios y otras dependencias del establecimiento.
Ø  Mascar chicle o comer chupetines, semillas de girasol, etc. en hora de clase o en actos de formación.
Ø  Comer y/o beber en el aula sin autorización del docente a cargo.
Ø  Interrumpir clases con comentarios que tienen la clara intención de generar violencia y/o falta de respeto.
Ø  Usar vestimenta  no acordada en el presente acuerdo
     Faltas graves:
Ø  Desobediencia ante avisos y correcciones.
Ø  Interrumpir la normal comunicación escuela – familia (deteriorar el cuaderno de comunicados).
Ø  Replicar a docentes, preceptores o personas adultas por haber recibido un llamado de atención.
Ø  Falta de respeto  en actos, biblioteca, aulas, sala de computación, sala de artística o cualquier espacio de la institución escolar.
Ø  Contestaciones y gestos insolentes.
Ø  Deteriorar útiles y muebles de la institución o de los compañeros.
Ø  Molestar a compañeros con apodos o cargadas.(bulling)
Ø  Apropiarse de objetos ajenos.
Ø  Vocabulario y/o gestos groseros injuriosos o insultantes[9]
Ø  Agresión entre compañeros.

     Faltas muy graves:
Ø  Insultos a las autoridades  y/o docentes y demás personas  de la institución.[10]
Ø  Falta de respeto a los símbolos patrios.
Ø  Falsificación de firmas en documentos de la Escuela.
Ø  Agredir y provocar daños físicos.
Ø  Atentados contra el personal de la Escuela y/o sus propiedades dentro y fuera del ámbito escolar.
Ø  Escaparse de la institución.
Ø  Usar o distribuir drogas estupefacientes y/o psicotrópicos.
Ø  Acose sexualmente mediante una conducta verbal o física y/o requiera favores sexuales
Ø  Esgrima o use con carácter intimidatorio o agresivo armas de fuego, explosivos, elementos tóxicos o nocivos u otro instrumento peligroso u ofensivo.

Medidas
   Por faltas leves:
Puede sancionar cualquier docente o el preceptor.
Modo: 1) apercibimiento verbal. Nota en el cuaderno de comunicados al adulto responsable
          2) Redacción de acta con la siguiente notificación mediante entrevista al adulto responsable.          
Cuando la falta sea reiterada o reincidente, será considerada falta grave o muy grave, con el tratamiento que correspondiera debiendo estar claramente documentada la reiteración o reincidencia.
Por faltas graves:
- El CIC se reúne y asesora al Equipo Directivo. Corresponde al equipo directivo aplicarla, después de haber oído al alumno.
Modo: Amonestaciones y Suspensión con actividades pedagógicas
Cuando la falta sea reiterada o reincidente, será considerada falta  muy grave, con el tratamiento que correspondiera debiendo estar claramente documentada la reiteración o reincidencia.
Por faltas muy graves:
El CIC se reúne  y asesora al Equipo Directivo. Corresponde al equipo directivo aplicarlas, después de haber oído al alumno.
Modo: amonestaciones,  suspensiones – La sanción  será proporcional a la falta cometida.
A las 25 amonestaciones  el equipo directivo solicitará  a Inspección del Nivel  asesoramiento respecto de la aplicación de otras estrategias.
Los Procesos de aplicación:  Criterios
Las sanciones que se apliquen deberán ser fieles a dos principios básicos: el de gradualidad y. el de proporcionalidad.
La sanción no puede aplicarse sino es siguiendo un proceso creciente en importancia de la medida aplicada. El objetivo principal de estas medidas es educativo. Todos los dispositivos  e instancias de reflexión son estrategias de gradualidad que tienden a generar  el cambio de conducta.
Otro principio o elemento básico de este proceso gradual es que las medidas o resoluciones deben ser proporcionales con las transgresiones. Esto permitirá determinar si la falta es leve, grave o muy grave. Para ello:
Ø  Se utilizará el diálogo como metodología para la identificación y resolución de los problemas.
Ø  Frente a situaciones que se complejicen y no alcance con el diálogo se formalizará la construcción de un Acta Compromiso que propicien y sostengan los cambios de conducta.
Ø  Las transgresiones serán contextualizadas de acuerdo con las circunstancias, con la historia personal y con la edad del actor o los actores.
Ø  Se garantiza el derecho de ser escuchado.
Ø  Valoración del sentido pedagógico de la sanción, como promotora del cambio actitudinal
Ø  Reconocimiento y reparación del daño u ofensa personal y/ o bienes de  la escuela o miembros de la comunidad educativa por parte de la persona o grupo responsable (por ejemplo: si algo se rompe repararlo o reponerlo, sí se escribe un banco, limpiarlo, si se falta el respeto).
Ø  Los alumnos pasibles de sanción y sus padres/ tutores serán informados durante el proceso de decisión y una vez aplicada la sanción.
Ø  De acuerdo con la gravedad de las transgresiones las decisiones serán tomadas previa reunión y asesoramiento  del Consejo de Convivencia.
Ø  Podrán representar a la escuela en competencias (deportivas o académicas) y/o eventos sociales los alumnos que no cuenten, en el presente año lectivo, con más de un llamado de atención o sanciones superiores. Deberá controlar esta situación el docente encargado de la representación, junto al preceptor del alumno.
El Consejo Institucional de Convivencia (CIC)
El Consejo de Convivencia es un ámbito de participación para el logro de acuerdos y procesos de mediación en lo atinente a la convivencia democrática. Constituye, además, un órgano de asesoramiento para los directivos y tiene facultad para asesorar  en situaciones de gravedad. Asume un carácter preventivo y propositivo[11] y de acompañamiento.
Está integrado por los siguientes miembros:
Ø        Un integrante del equipo directivo
Ø     Dos profesores elegidos entre sus pares. (titular y suplente)
Ø     Un Jefe de Departamento.
Ø     Un integrante del EOE.
Ø     Cuatro alumnos elegidos entre sus pares.(2 CB y 2 CS) (titular y suplente)
Ø     Un representante del Centro de Estudiantes (elegido por sus pares)
Ø     Dos preceptor a cargo de los cursos.( titular y suplente elegido por sus pares)
Ø     Un representante del grupo de auxiliares.(elegido por sus pares)
Ø     Un padre/madre/tutor de alumnos de la institución

El CIC se reunirá sistemáticamente para realizar las sesiones ordinarias, una vez cada 30  días, durante el ciclo lectivo. El CIC tiene por objetivo servir de consultor ante una situación  considerada grave. Puede ser convocado por el Equipo Directivo y/u otros actores institucionales para lo cual realizará una sesión extraordinaria de atención a situaciones emergentes de distinta complejidad.



[1] Aunque distintos grupos puedan tener valores diferentes, hay valores universales básicos como bienestar, honestidad, libertad, solidaridad, justicia seguridad, paz, por los cuales vale la pena trabajar.
[2] Resol 1709/09-Principios generales
[3] Reglamento General de Instituciones Educativas “la  institución educativa es  la unidad pedagógica del sistema, responsable de los procesos de enseñanza y de aprendizaje destinados  al logro de los objetivos establecidos por la legislación”
[4] Resol 1709/09 Marco Conceptual “…relación de saber y poder para la construcción de legalidades a nivel de la subjetividad en el ámbito escolar”
[5] La Convivencia en la Escuela, Cap: El sentido de las normas  Pag 13-14-15 Ministerio de Educación- Construcción de Ciudadanía en las escuelas
[6] Reglamento General de Instituciones Educativas. Art.105
[7] Declaración de DDHH –Preámbulo: Art 29
[8] Como reducir la violencia en las escuelas D. Johonson y R..T Johonson  cap 3.
[9] Que humilla o desprecia  con palabras o gestos
[10] Que usa palabras irrespetuosas con un superior suyo; que falta groseramente al respeto debido a la gente.
Arrogante.
[11] Resolución 1709/09

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